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Corte Suprema confirma condena contra Luis de Llano por caso Sasha Sokol |
El fallo marca un precedente clave para los derechos de las víctimas: el abuso infantil no prescribe aunque los hechos hayan ocurrido décadas atrás |
Por: Redacción 2025-06-25 - 20:25:13 / |
![]() Imagen tomada de Instagram @luisdllanomacedo / |
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad negar el amparo al productor Luis de Llano, confirmando así la sentencia civil en su contra por la relación que sostuvo con la cantante Sasha Sokol cuando ella tenía 14 años y él 39. La decisión obliga al productor a ofrecer una disculpa pública, tomar un curso en prevención del abuso sexual y abstenerse de mencionar a la artista públicamente. La resolución, avalada por la Primera Sala del alto tribunal y propuesta por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, marca un precedente histórico en materia de derechos de las víctimas de abuso sexual: cuando los hechos ocurrieron durante la minoría de edad, no existe un plazo de prescripción para presentar demandas civiles, aún si el delito ya no puede ser perseguido penalmente. El caso llegó a la Corte en octubre de 2024, atraído por su relevancia constitucional. En redes sociales, Sokol celebró que fuera el máximo tribunal quien juzgara su caso: "La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, por unanimidad de votos, ejercer la facultad de atracción para conocer los expedientes de amparo directo. Esto quiere decir que será la Suprema Corte quien juzgará y decidirá en definitiva mi caso", escribió. La sentencia confirma el fallo del 26 de septiembre de 2023 de la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, que responsabilizó civilmente a De Llano por el daño moral ocasionado, especialmente tras la entrevista que ofreció en 2022 al conductor Yordi Rosado, donde habló públicamente sobre su relación con Sokol. El productor alegó que los padres de la artista sabían del vínculo y que ella pudo haberlo demandado al alcanzar la mayoría de edad. Sin embargo, el proyecto de la Corte consideró que muchas veces las víctimas, especialmente siendo menores, no reconocen el abuso debido a dinámicas de poder y manipulación conocidas como grooming. Sobre este fenómeno, el ministro Pardo Rebolledo explicó: "Lo que busca el agresor es ganarse la confianza de la persona menor de edad, manipularlo emocionalmente y eventualmente conseguir que acceda a encuentros físicos, envíe material sexual explícito o revele secretos privados mientras que mantienen en secreto todas las acciones". El fallo también destaca los riesgos específicos de la industria del entretenimiento para los menores. Citando a la Relatora Especial de la ONU sobre la explotación sexual infantil, el ministro subraya que estos abusos son frecuentes y muchas veces invisibilizados por dinámicas de poder, dependencia y normalización. La indemnización económica por daño moral será determinada en una etapa posterior ante un juez de primera instancia. Sokol ya anunció que, en caso de recibir una suma, la donará completamente a ADIVAC, una asociación civil que combate el abuso sexual infantil. |
TAGS: Luis de Llano | Sasha Sokol | Suprema Corte | SCJN | abuso sexual infantil | condena | grooming | |