| Columna Política Express |
| ¿En qué consiste el Plan B de la Reforma Electoral? |
| Pese a que la Cámara de Diputados no aprobó la reforma constitucional en materia electoral, hoy llegó el Plan B de Claudia Sheinbaum al Senado |
| Por: Redacción 2026-03-17 - 16:33:33 / |
![]() ¿En qué consiste el Plan B de la Reforma Electoral? / |
Este martes llega al Senado la iniciativa para reformar temas electorales, el famoso Plan B, de la Presidenta Claudia Sheinbaum. Lo anterior, luego de que la iniciativa de reforma constitucional no fuera aprobada por mayoría de dos terceras partes en la Cámara de Diputados. Sin embargo, al parecer no todo quedará igual, y la presentación del Plan B no considera reformas constitucionales pero sí cambios en algunas leyes y reglamentos. Si a estas alturas aún no sabes en qué consiste en Plan B de Claudia Sheinbaum, aquí te damos un resumen. En cuanto a los municipios: - Habrá una reducción del número de regidoras, de 7 hasta un máximo de 15. - Se limita a una sindicatura por municipio. En cuanto a Congresos locales: - Se determinará un tope presupuestal a los congresos locales del 0.70% del presupuesto de egresos de cada entidad. Los ahorros de la reducción de regidoras y congresos locales serán utilizados en obras de infraestructura pública de los propios municipios y estados. En cuanto a instancias electorales: - En el INE, Tribunales y Órganos Electorales de los Estados, los consejeros, magistrados y altos funcionarios no podrán ganar más que la Presidenta de México. Se acabarán los privilegios como bonos, seguros de gastos médicos mayores y los ingresos adicionales. En cuanto al Senado: - Reducción de gasto progresivo hasta llegar a un 15%. En cuanto a la Revocación de Mandato: - Se realizará el primer domingo de junio del tercer o cuarto año de gobierno (2027 o 2028), dependiendo del año en que se solicite. Actualmente solo está considerado para el cuarto año. En cuanto a Reforma de Leyes Secundarias: - Artículo 31. Tope a las remuneraciones del INE - Artículo 99. Tope a las remuneraciones de OPLES - Artículo 104. Inicio de cómputos de elección federal en la conclusión de la jornada con la llegada del primer paquete. - Artículo 116. Tope a remuneraciones de Tribunales Electorales Locales. - Artículo 192. Convenios con diversas autoridades en materia de fiscalización y uso de tecnologías. - Artículo 310. Inicio de cómputos locales a la conclusión de la jornada con la llegada del primer paquete. En cuanto a la Ley General de Partidos Políticos: - Artículo 30. Obligación de transparentar las remuneraciones de dirigentes de partidos. - Artículo 50. Obligación de los partidos de reportar sus operaciones financieras en tiempo real. - Artículo 51. Tope a remuneraciones a 1,500 UMAS. - Artículo 54. Prohibición de recursos ilícitos o de origen no comprobable. - Artículo 55. Prohibición de recursos del extranjero y aportaciones en efectivo. |
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